FINALIDAD DE LA ASOCIACION.
Las finalidades presentes y futuras a que propenderá la Asociación son:
- Fomentar el espíritu de camaradería entre los Tripulante de Transporte Aéreo de la Fuerza Aérea Argentina, retirados y en actividad, y de estos con quienes estén relacionados de cualquier manera con las actividades del transporte aéreo dentro del ámbito militar o civil, nacional o extranjero.
- Conservar y acrecentar el acervo histórico de las actividades relativas al transporte aéreo, en especial de la Fuerza Aérea Argentina.
- Desarrollar conferencias, exposiciones, publicaciones y todo otro tipo de actos que contribuyan a mantener actualizados los conceptos doctrinarios, operativos y técnicos del transporte aéreo, en especial el militar y la información general vinculada a este tema.
- Difundir por todos los medios a su alcance el estado actual, desarrollo y perfeccionamiento de la aviación de transporte, en especial militar, a través de la emisión de noticias de interés para sus asociados y/o personas o entidades que las soliciten, recurriendo a fuentes de información específicamente propias así como a publicaciones nacionales o extranjeras relacionadas con la actividad del transporte aéreo, todo ello sin fines de lucro.
- Colaborar, como Asociación, con los mandos de la Fuerza Aérea en aquellas actividades relacionadas con el transporte aéreo.
- Apoyar y participar en los actos que contribuyan a las finalidades de la Asociación, particularmente en las que se lleven a cabo en las Unidades de la Fuerza Aérea.
- Mantener relaciones con otras Asociaciones similares, nacionales o extranjeras, a los fines de establecer planes de colaboración recíprocos en materia de estudios técnicos aeronáuticos, trabajos científicos-educativos afines y todo otro tipo de relación que se considere necesario para la consecución de sus fines.
comisión directiva
socios
Pueden ser asociados quienes reúnan las condiciones que se ajusten a la reglamentación pertinente y en las siguientes categorías de socios:
Activo: El Personal Militar Superior de la Fuerza Aérea Argentina que se desempeña o se hubiere desempeñado como piloto o navegador en aviones de transporte de la misma.
Concurrente: El Personal Militar Subalterno y Civil de la Fuerza Aérea Argentina que se desempeñe o se hubiere desempeñado como tripulante en aviones de transporte de la misma.
Adherente: El Personal Militar Superior, Subalterno y Civil de la Fuerza Aérea Argentina que cumpla o hubiere cumplido funciones a bordo o en tierra, directamente relacionadas con el transporte aéreo de la misma.
Honorario: El Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina en ejercicio y aquellas personalidades civiles o militares, nacionales o extranjeras, que hayan acreditado méritos para esta distinción.